Documentos para entrar en Croacia

Averigua qué documentos se necesitan para entrar en Croacia, los requisitos para ciudadanos de la UE y de fuera de la UE, el visado turístico y el registro obligatorio eVisitor.
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Croacia se incorporó oficialmente al espacio Schengen el 1 de enero de 2023, lo que simplificó enormemente los trámites de entrada para los ciudadanos de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo. Al mismo tiempo, el país adoptó el euro como moneda oficial, abandonando la kuna croata. Estos cambios han hecho de Croacia un destino aún más accesible para los viajeros europeos, eliminando los controles fronterizos terrestres y marítimos con otros Estados Schengen, tanto si se viaja a la capital, Zagreb, como a los centros turísticos costeros.

Entender los requisitos de entrada, sin embargo, sigue siendo crucial para organizar un viaje sin problemas. La normativa varía en función de la nacionalidad del viajero, la duración de la estancia y el motivo de la visita. Este artículo ofrece toda la información necesaria sobre los documentos requeridos, los trámites de registro obligatorios y los requisitos económicos para entrar en el país adriático.

Documentos necesarios para los ciudadanos de la UE/EEE

Los ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega) y de Suiza pueden entrar en Croacia presentando un documento de identidad válido. Se aceptan tanto los pasaportes como los documentos de identidad válidos para viajar al extranjero, siempre que el documento tenga una validez superior a la duración total de la estancia prevista.

Las autoridades croatas reconocen como documentos válidos para la entrada los carnés de identidad en papel renovados con un sello en el reverso. También se aceptan los documentos de identidad electrónicos, incluidos aquellos cuya validez se ha prorrogado mediante un certificado en papel. Los certificados de prórroga deben traerse junto con el documento electrónico.

En cuanto al pasaporte, la validez residual exigida es de al menos noventa días a partir de la fecha prevista de finalización de la estancia. Es importante comprobar esta fecha antes de partir, ya que las autoridades fronterizas pueden denegar la entrada a viajeros con documentos caducados.

Los ciudadanos de la UE/EEE no necesitan visado para estancias turísticas de hasta 90 días. La libertad de circulación garantizada por los acuerdos de Schengen te permite entrar y salir del país sin trámites especiales, aunque siempre es aconsejable llevar un documento válido durante toda tu estancia.

Requisitos para los nacionales de terceros países

Los ciudadanos de países no pertenecientes a la UE ni al EEE deben estar en posesión de un pasaporte válido para entrar en Croacia. El documento debe haber sido expedido en los diez años anteriores al día de entrada y debe tener una validez residual de al menos tres meses más allá de la fecha prevista de salida del país. El pasaporte también debe tener al menos dos páginas en blanco para sellos de entrada y salida. Quienes viajen en avión pueden encontrar información útil sobre vuelos a Croacia.

La necesidad de visado depende de la nacionalidad del viajero. Los ciudadanos de numerosos países, como EE.UU., Canadá, Australia, Japón, Nueva Zelanda, Reino Unido, Argentina, Brasil, Chile, México y muchos otros, pueden entrar en Croacia sin visado para estancias de hasta 90 días en un periodo de 180 días. Esta exención se aplica al turismo, las visitas privadas o los viajes de negocios que no impliquen un empleo remunerado.

Los ciudadanos de países que necesiten visado deben solicitarlo en la embajada o consulado croata de su país de residencia antes de viajar. Los visados no se pueden solicitar en los pasos fronterizos. El Ministerio de Asuntos Exteriores de Croacia publica en su sitio web la lista actualizada de países cuyos ciudadanos necesitan visado.

Una facilidad importante se refiere a los titulares de documentos Schengen válidos: los titulares de un visado Schengen de entradas múltiples o de un permiso de residencia expedido por un país Schengen no necesitan un visado croata adicional. Lo mismo se aplica a los titulares de visados y permisos de residencia de Bulgaria, Chipre y Rumanía.

Visado de turista para Croacia

Para los nacionales de terceros países que necesiten un visado, la solicitud debe presentarse en la embajada o consulado croata responsable de tu país de residencia. El procedimiento estándar suele durar varias semanas, mientras que existe una opción de tramitación acelerada previo pago de una tasa más elevada.

Los documentos necesarios para solicitar un visado de turista incluyen un formulario de solicitud cumplimentado, un pasaporte original con los requisitos de validez indicados anteriormente, dos fotografías recientes en color de 35×45 mm con expresión neutra, y una póliza de seguro médico con una cobertura mínima de 30.000 euros válida durante la estancia en Croacia.

También debe presentarse una prueba del motivo del viaje, que puede consistir en una reserva de hotel confirmada, una confirmación de un paquete turístico pagado o una carta de invitación de un residente croata si se trata de una visita privada. La carta de garantía de un ciudadano croata o de un extranjero con permiso de residencia debe estar compulsada ante notario.

Deberá demostrarse que se dispone de medios económicos suficientes para la estancia mediante extractos bancarios recientes, nóminas u otros documentos que demuestren la disponibilidad económica. Las autoridades también pueden exigir una prueba de alojamiento seguro y un billete de viaje de ida y vuelta.

La tasa de visado varía según el tipo de visado solicitado. Algunas categorías de solicitantes están exentas del pago, como los familiares directos de ciudadanos croatas, los estudiantes y profesores acompañantes que viajen con fines educativos, los investigadores que realicen actividades de investigación y los jóvenes menores de 25 años que participen en seminarios, conferencias o actos organizados por organizaciones sin ánimo de lucro.

Documentos para menores

Los menores deben tener documentos individuales para viajar a Croacia. Desde 2012, los menores ya no pueden estar inscritos en los pasaportes de sus padres y deben tener su propio documento de viaje personal, ya sea un pasaporte o un documento de identidad válido para viajar al extranjero.

Si el menor viaja sin compañía de al menos uno de sus progenitores o tutor legal, se requiere una declaración notarial de consentimiento del representante legal. Este documento debe contener los datos del representante legal, la finalidad, el periodo y la duración de la estancia en Croacia, y debe estar firmado por el padre, la madre o el tutor con firma autenticada ante notario.

Para los grupos de menores que viajen para participar en acontecimientos culturales, educativos o deportivos, la solicitud de un posible visado podrá presentarla la persona autorizada que vaya a actuar como acompañante, presentando la documentación requerida para cada participante.

Registro obligatorio de estancia

Todos los turistas que entren en Croacia están obligados a registrar su presencia en las 24 horas siguientes a su llegada. Este trámite, estipulado por la Ley de Estancia de Extranjeros, se realiza a través del sistema electrónico eVisitor, una plataforma nacional centralizada para el registro de turistas.

Si te alojas en instalaciones de alojamiento como hoteles, albergues, campings o apartamentos turísticos registrados, el registro lo realiza automáticamente la propia instalación. Los operadores de las instalaciones están obligados por ley a introducir los datos de los huéspedes en el sistema eVisitor en las 24 horas siguientes a su llegada y a eliminarlos en las 24 horas siguientes a su salida.

En el caso de alojamiento en domicilios particulares no categorizados para fines turísticos, como el de amigos o familiares, es el anfitrión quien debe informar de la presencia del turista a la oficina de turismo local o a la comisaría de policía correspondiente. Los viajeros deben asegurarse de que el anfitrión lo ha hecho realmente, ya que no hacerlo puede dar lugar a sanciones administrativas.

El sistema eVisitor recoge datos personales como nombre, apellidos, tipo y número de documento de identidad, sexo, nacionalidad, lugar de residencia, país de nacimiento y fecha de nacimiento. Estos datos se utilizan exclusivamente con fines de control estadístico, verificación del pago de la tasa turística y seguridad, y sólo son accesibles para la Oficina de Turismo, el Ministerio de Turismo, la Inspección de Turismo, el Ministerio del Interior y el Instituto Nacional de Estadística.

Documentos para conducir en Croacia

Para conducir un coche en Croacia, basta con tener un permiso de conducir válido de tu país, siempre que cumpla las normas internacionales. Los ciudadanos de la UE pueden utilizar su permiso de conducir nacional sin necesidad de un permiso de conducir internacional. El permiso de conducir debe ser válido y presentarse junto con un documento de identidad. Quienes deseen explorar el país por su cuenta, pueden consultar nuestra guía sobre alquiler de coches en Croacia.

Además del permiso de conducir, debes llevar contigo la tarjeta de matriculación del vehículo o la carta de porte provisional. El seguro RCA es obligatorio. A partir de 2023, la carta verde dejará de ser necesaria para los vehículos matriculados en países de la UE, mientras que seguirá siendo obligatoria para los procedentes de países no pertenecientes a la UE o para los que se dirijan a Dubrovnik a través del corto tramo de territorio de Bosnia y Herzegovina.

Para conducir un vehículo sin propietario, se requiere una autorización escrita en papel normal, firmada por el propietario del vehículo y acompañada de una fotocopia de su documento de identidad. Aunque la legislación exige técnicamente la legitimación notarial, en la práctica rara vez se verifica, pero es aconsejable disponer de ella para evitar posibles litigios.

Se exige un permiso de conducir de categoría A o A2 para conducir motocicletas con una cilindrada superior a 50 cc, y es obligatorio un permiso náutico para el uso de embarcaciones a motor, incluidas las neumáticas independientemente de su potencia.

Asistencia sanitaria y seguro

Los ciudadanos de la UE tienen derecho a la asistencia sanitaria en Croacia en las mismas condiciones que los ciudadanos croatas en los centros sanitarios públicos. Para beneficiarse de este derecho, es necesario presentar la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE). Para más información práctica sobre viajes, consulta nuestra sección de información útil sobre Croacia.

La TSE cubre el tratamiento médico necesario durante tu estancia, pero no sustituye a un seguro de viaje completo. Es muy recomendable contratar una póliza complementaria que cubra los gastos no cubiertos por la asistencia pública, como la repatriación médica, el traslado a centros privados o el tratamiento especializado no urgente. Más información en nuestra guía sobre seguros de viaje para Croacia.

Para los nacionales de terceros países, el seguro médico con una cobertura mínima de 30.000 euros es obligatorio para obtener un visado y debe cubrir todo el periodo de estancia. La póliza debe cubrir los gastos de asistencia médica de urgencia, hospitalización y repatriación por motivos de salud.

Normativa aduanera

La normativa aduanera croata está alineada con la de la Unión Europea. Los pasajeros pueden llevar equipaje personal, incluidos alimentos, medicinas y otras mercancías de acuerdo con la normativa. Está estrictamente prohibido introducir carne, leche y productos cárnicos procedentes de países no pertenecientes a la UE, como Bosnia y Herzegovina, Serbia o Montenegro.

En cuanto a los medicamentos, se te permite introducir medicamentos para necesidades personales durante un periodo máximo de 30 días, siempre que puedas demostrar que el producto está autorizado en el país de origen y dispongas de documentación médica acreditativa. Para los medicamentos ansiolíticos, antidepresivos o estupefacientes, las cantidades permitidas son más limitadas (hasta 15 días) y requieren una receta médica obligatoria.

Se permite la entrada libre de impuestos de mercancías en el equipaje personal si el valor total no supera determinados límites: 430 euros para los viajeros por vía aérea o marítima, 300 euros para los viajeros por vía terrestre. Las mercancías que superen estos límites deben declararse verbalmente en la aduana para el cálculo de los derechos de aduana y el IVA.